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Auction 707, Lot # 151

EE - APENAS TRES Y MEDIO MESES DESPUÉS DE LA FIRMA DEL ACTA DE INDEPENDENCIA, SE DECRETA COMO SERÁN LOS ESCUDOS Y BANDERA DEL MÉXICO INDEPENDIENTE. WORLDCAT/OCLC, LOCALIZA UN SOLO EJEMPLAR A NIVEL MUNDIAL, EN LA BIBLIOTECA NACIONAL DE CHILE.
D. RAMÓN GUTIÉRREZ DEL MAZO, Intendente de esta Capital y su Provincia, y Gefe Político Superior de ella etc. El Exmo. Sr. D. José Manuel de Herrera, Secretario de Estado y del Despacho de Relaciones Interiores y Exteriores, con fecha 16 del actual me comunica la Superior orden que sigue… La Regencia del Imperio, Gobernadora interina por falta de Emperador… Que la Soberana Junta provisional gubernativa ha decretado lo siguiente… habiendo tomado en consideración la necesidad que hay de determinar el escudo de armas Imperiales, y los sellos que deben servir para la autenticidad de ciertos papeles, como asimismo la de fixar el pabellón nacional, ha tenido á bien decretar, y decreta lo primero: Que las armas del Imperio para toda clase de sellos sea solamente el nopal nacido de una peña que salga de la laguna, y sobre él parada en el pie izquierdo una águila con corona imperial. Lo segundo: Que el pabellón nacional y banderas del exército deberán ser tricolores, adoptándose perpetuamente los colores verde, blanco y encarnado en faxas verticales, y dibujándose en la blanca una águila coronada, todo en la forma que presenta el diseño… México 7 de Enero de 1822. Segundo de la Independencia… Por tanto mandamos á todos los Tribunales, Justicias, Gefes, Gobernadores, y demás Autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquier clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar el presente Decreto en todas sus partes, previniendo desde luego que el escudo detallado de las armas Imperiales se substituya a los de la Monarquía Española que aparezcan todavía en los tribunales, Salas de Ayuntamientos, Casas Consistoriales, Oficinas, Templos, Puentes y otros edificios y parages públicos… En México á 16 de Enero de 1822… Agustín de Iturbide, Presidente. Manuel de la Bárcena. José Isidro Yañez. Manuel Velázquez de León. Antonio, Obispo de la Puebla. A D. José Manuel de Herrera. Dado en México a 21 de Enero de 1822. Ramón Gutiérrez del Mazo
y su rúbrica manuscrita. Por mandato de S.S. firma completa manuscrita del secretario: Josef de Negreyro y Soria.
30 x 40 cm. El documento, excepto muy pequeñas huellas de polilla debidamente reparadas que afectan individual y ligeramente algunas letras, y el margen izquierdo, con alguna humedad antigua, reforzado con papel especial. Por lo demás, en excelentes condiciones, claramente impreso y con las firmas autógrafas precisas, así como los 4 sellos al reverso cada uno con el siguiente título: "Habilitado por el imperio Mexicano para el año de 1821. Primero de su Independencia." Conservado en carpeta moderna holandesa, con título y adornos dorados. Procede de Librería Jenkins, Austin, Tx., 1990. Muy raro: WorldCat./OCLC, a nivel mundial, encuentra un solo ejemplar: 55263888: en la Biblioteca Nacional de Chile. Palau: No. Giron/Mora: no. ABPC: no. Abebooks, abril, 2014: no.
Estimado $60,000-90,000


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